martes, febrero 13, 2007

Comentario a la Ley 20.166

El día lunes 12 de febrero de 2007, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.166, cuya finalidad es la de extender el derecho de las madres trabajadoras a alimentar sus hijos aun cuando el empleador no esté obligado a cumplir con el beneficio de sala cuna. La presente ley otorga el permiso a todas las trabajadoras, para darles alimento a sus hijos menores de dos años aun cuando no estén en sala cuna. Este derecho es irrenunciable, de acuerdo con lo señalado en el artículo 5º del Código del Trabajo.
La trabajadora podrá decidir como hace uso de su tiempo de permiso, de acuerdo a las alternativas que le otorga la ley. Este tiempo será considerado trabajado para todos los efectos.
Finalmente, el reembolso de los pasajes y el tiempo de traslado en que incurra la madre para ir a dar alimento a su hijo serán de costo de la empresa solo en caso que esté obligada a tener sala cuna, es decir aquella organización que cuenta con 20 ó más trabajadoras.
Se debe entender que darles alimentos incluye cualquier tipo de alimentos y no solo amamantarlos

No hay comentarios.: