martes, junio 06, 2006

NUEVO INGRESO MÍNIMO MENSUAL

De acuerdo con lo previsto en la Ley 20.039, a contar del 1 de julio del 2006, el ingreso mínimo mensual tendrá el siguiente valor:
Ingreso Mínimo Mensual: $135.000
Ingreso Mínimo Mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad. $101.491.
Ingreso mínimo mensual,para fines no remuneracionales: $87.697

Nuevos valores de asignaciones familiares

LEY No. 20.079
OTORGA UN REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO, CONCEDE AGUINALDOS QUE SEÑALA, REAJUSTA LAS ASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL, DEL SUBSIDIO FAMILIAR Y CONCEDE OTROS BENEFICIOS QUE INDICA

Art. 20.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2006, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:
"Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2006, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Unico de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:
- De $ 4.126 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $ 128.445;
- De $ 4.014 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 128.445 y no exceda los $251.585;
- De $ 1.307 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 251.585 y no exceda los $392.387, y
- Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $392.387 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo. Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores; dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.".